Saltear al contenido principal
+34 91 451 61 57 info@maabogados.com LinkedIn

Penal Económico

Ver responsables del area

Los delitos económicos se encuentran tipificados en el Título XIII  del Código Penal español (CP) denominados como “Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico”, (arts, 234 y 304 del CP), sin perjuicios de otras formas delictivas dispersas a lo largo del articulado del Código Penal, y otras leyes especiales, existiendo un número muy amplio de figuras delictivas, entre las que cabe citar las siguientes:

  • Administración desleal de un patrimonio ajeno, con abuso o excediéndose en las facultades conferidas.
  • El falseamiento de las características de productos o servicios ofertados por parte de sus fabricantes o comerciantes.
  • Falseamiento de la información económico-financiera por parte de los administradores de una sociedad emisora de valores.
  • Delitos vinculados al ámbito societario.
  • Facturación de cantidades superiores a las reales por manipulación o alteración de aparatos de medida.
  • Delito de corrupción en los negocios.
  • Alteración de precios en concursos y subastas públicas.
  • Apropiación indebida.
  • Insolvencia punible.
  • Delitos relativos a la propiedad intelectual.
  • Delitos contra la propiedad y espionaje industrial.
  • Desabastecimiento de productos y materias primas con la intención de alterar precios de mercado o de perjudicar a potenciales consumidores.
  • Falseamiento de resultado en competición deportiva y/o apuestas ilegales.
  • Delito de sustracción de cosa propia a su utilidad social o cultural.
  • Falseamiento de cuentas y otros documentos de carácter económico o jurídicos, o contra las minorías sociales.
  • Delito de receptación, cometido por quien saca provecho de la comisión de un delito por otra persona.
  • Delito Fiscal y fraude en subvenciones de ámbito nacional y comunitario.
  • Daños a la propiedad ajena. Robo. Hurto. Extorsión. Usurpación. Estafa.

 

    Volver arriba