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Los delitos económicos se encuentran tipificados en el Título XIII del Código Penal español (CP) denominados como “Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico”, (arts, 234 y 304 del CP), sin perjuicios de otras formas delictivas dispersas a lo largo del articulado del Código Penal, y otras leyes especiales, existiendo un número muy amplio de figuras delictivas, entre las que cabe citar las siguientes: