Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo
El miércoles 25 de octubre de 2017 se ha publicado la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.
Novedosas medidas vienen pronunciadas en la Ley y procuran facilitar, flexibilizar, mejorar y agilizar materias relativas a las cargas y gravámenes que los trabajadores autónomos deben asumir en el seno de su actividad. La nueva regulación implica- entre otras:
- El desarrollo de medidas dirigidas a facilitar y mejorar la cotización a la Seguridad Social y a reducir las cargas administrativas de los trabajadores autónomos.
- La ampliación de la cuota reducida de 50 euros para los nuevos autónomos hasta los doce meses.
- También se establecen medidas para mejorar tanto los derechos colectivos del trabajador autónomo como la conciliación entre la vida laboral y personal.
- La clarificación de los gastos en los que incurren los trabajadores autónomos en el desarrollo de su actividad y que son deducibles en el IRPF.
- La mejora en la formación profesional para el empleo de los trabajadores autónomos.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a excepción de:
a) Los artículos 1, 3, 4 y 11 y las disposiciones finales primera, segunda, tercera y novena, que entrarán en vigor el día 1 de enero de 2018.
b) La disposición final cuarta, que entrará en vigor el día primero del segundo mes natural siguiente a la entrada en vigor de la disposición final segunda.
Se puede acceder a la norma a través del siguiente enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2017/10/25/pdfs/BOE-A-2017-12207.pdf
José María Fernández Mota
Director Departamento Laboral
MA Abogados Madrid
José María Fernández Mota Director Departamento Laboral
MA Abogados Madrid