
Nota Informativa 15/2014. Derecho Marítimo.
– España –
Ministerio de Fomento. Puertos de Interés General. Orden FOM/1498/2014, de 1 de agosto, por la que se modifica la Orden FOM/1194/2011, de 29 de abril, por la que se regula el procedimiento integrado de escala de buques en los puertos de interés general. BOE nº 194, de 11/08/2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/08/11/pdfs/BOE-A-2014-8624.pdf
ISLAS BALEARES. Ministerio de Fomento. Puertos. Ley 6/2014, de 18 de julio, de modificación de la Ley 10/2005, de 21 de junio, de Puertos de las Illes Balears. BOE nº 202, de 20/08/2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/08/20/pdfs/BOE-A-2014-8819.pdf
Ministerio de la Presidencia. Comercio Exterior. Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso. BOE nº 207, de 26/08/2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/08/26/pdfs/BOE-A-2014-8926.pdf
COMUNIDAD VALENCIANA. Medio ambiente. Ley 6/2014, de 25 de julio, de Prevención, Calidad y Control ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana. BOE nº 231, de 23/09/2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/09/23/pdfs/BOE-A-2014-9626.pdf
– UE/Internacional –
SERBIA. Decisión del Consejo, de 14 de Abril de 2.014, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, y a la aplicación provisional del Protocolo del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Serbia, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea. DOUE L233, de 06/08/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.233.01.0001.01.SPA
UNIÓN EUROPEA. CORRECCIÓN DE ERRORES del Reglamento UE nº788/2014, de la Comisión, de 18 de Julio de 2.014, por el que se establecen normas detalladas para la imposición de multas y sanciones conminatorias periódicas y para la retirada del reconocimiento de organizaciones de inspección y reconocimiento de buques de conformidad con los artículos 6 y 7 del Reglamento (CE) no 391/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo. DOUE L234, de 07/08/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.234.01.0015.01.SPA
CALIFORNIA. Aclaraciones con respecto a la normativa sobre el intercambio de Agua de Lastre.
http://www.slc.ca.gov/spec_pub/mfd/ballast_water/Documents/Compliance_and_Reporting/Letter%20Agents%20BWM%20Req%20for%20PCR.pdf
La comisión del Estado de California clarifica que la interpretación de los requisitos relativos al agua de lastre, que constan en la Ley Californiana de Especies marinas invasoras (MISA). En concreto, se especifica que de acuerdo con la Ley federal existen excepciones a la necesaria desviación o espera para intercambios de aguas de lastre mientras en la referida Ley californiana dichas excepciones no existen.
UNIÓN EUROPEA Y DINAMARCA. Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Dinamarca relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. DOUE L240, de 13/08/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.240.01.0001.01.SPA
IRAK y SIRIA. El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprueba la Resolución 2170 (2014), para sancionar las personas asociadas con grupos extremistas de Irak y Siria.
En cuanto a los operadores marítimos, se llama la atención sobre las Secciones 11 a 21 de la Resolución, y la Declaración del Presidente, que indica que muchos petroleros e infraestructuras relacionadas con los mismos, están en la actualidad, bajo control de grupos terroristas.
UNIÓN EUROPEA. Reglamento UE nº 911/2014, DEL Parlamento europeo y del Consejo, de 23 de Julio de 2.014, relativo a la financiación plurianual de la actuación de la Agencia Europea de Seguridad Marítima en el ámbito de la lucha contra la contaminación marina causada por buques y por instalaciones de hidrocarburos y de gas. DOUE L257, de 28/08(2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.257.01.0115.01.SPA
ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO. Decisión del Comité Mixto EEE, nº52/2014, de 8 de Abril de 2.014, por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE. DOUE L256, de 28/08/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.256.01.0029.01.SPA
UNIÓN EUROPEA. Directiva 2014/89/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de Julio de 2.014, por la que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo. DOUE L257, de 28/08/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.257.01.0135.01.SPA
UNIÓN EUROPEA. Directiva 2014/90/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de Julio de 2.014, sobre equipos marinos, y por la que se deroga la Directiva 96/98/CE del Consejo. DOUE L257, de 28/08/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.257.01.0146.01.SPA
UCRANIA. Reglamento UE nº959/2014, del Consejo, de 8 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento (UE) no 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania. DOUE L271, de 12/09/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.271.01.0001.01.SPA
UCRANIA. Reglamento UE nº960/2014, del Consejo, de 8 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento (UE) no 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania. DOUE L271, de 02/09/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.271.01.0003.01.SPA
OTRAS NOVEDADES DE INTERÉS
INTERNACIONAL. La Organización Mundial de la Salud publica unas recomendaciones sobre viajes y transportes en relación con el brote de Ebola.
http://www.who.int/entity/mediacentre/news/statements/2014/ebola-travel-trasport/en/index.html
Los Puertos están implantando procedimientos para comprobar el estado de los buques y su tripulación antes de su llegada.
REPÚBLICA POPULAR DE CHINA. Decisión de ejecución de la Comisión, de 10 de septiembre de 2.014, por la que se acepta una propuesta, presentada por un grupo de productores exportadores junto con la Cámara de Comercio China para la Importación y Exportación de Maquinaria y Productos Electrónicos, consistente en aclaraciones relativas a la ejecución del compromiso al que se refiere la Decisión de Ejecución 2013/707/UE. DOUE L270, de 11/09/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.270.01.0006.01.SPA
UCRANIA. Reglamento de ejecución UE, nº961/2014, del Consejo, de 8 de septiembre de 2.014, por el que se aplica el Reglamento (UE) no 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania. DOUE nº L271, de 12/09/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.271.01.0008.01.SPA
CAMPAÑA DE INSPECCIÓN PARIS y TOKYO MoU.
http://www.parismou.org/system/files/Joint press release CIC STCW hours of rest – and questionnaire.pdf
Se anuncia una Campaña concentrada de inspecciones (CIC), cuyo objeto es la comprobación de los horarios de descanso por la gente del mar. Se desarrollara desde el 1 de Septiembre de 2.014, hasta el 30 de Noviembre de 2.014.
CAMPAÑA DE INSPECCIÓN RIYADH MoU.
http://www.riyadhmou.org/assets/uploads/images/58d6a862073433571f799861ef15fa02.pdf
Dicha Campaña se iniciará el 1 de Octubre de 2.014 y seguirá hasta el 31 de Diciembre de 2.014, para comprobar el cumplimiento del Cápitulo II-2 del Convenio SOLAS, y el Código Internacional para la Seguridad de los Sistemas de prevención de incendios a bordo.
MAR DEL SUR DE CHINA y ESTRECHO DE MALACCA. Avisos de actos de piratería.
http://www.recaap.org/
La BIMCO anuncia la preparación y publicación de nuevos formularios. www.bimco.org
En particular:
- se prevé la aprobación del nuevo NYPE para Noviembre.
- se anuncia el inicio de trabajos de desarrollo de un formulario para supervisión de la construcción de buques,
- continua la preparación del formulario SUPERMAN, versión simplificada del SHIPMAN 2009.
Además, se llama la atención sobre el uso indebido de falsos formularios BIMCO.
JURISPRUDENCIA
Tribunal Superior de Justicia de Las Islas Baleares, Sala de Lo Contencioso-administrativo, Sentencia 375/2014, de 8 de Julio de 2.014, Rec. 5/2013. LA LEY 91684/2014
El Tribunal estima parcialmente una demanda contra la desestimación, por silencio negativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento y de la Demarcación de costas. Se considera que el Ayuntamiento denegó la petición de uso de un pantalán por una interpretación defectuosa y anómala de un convenio que tenía pactado con una Asociación de empresarios.
Tribunal Constitucional, Pleno, Sentencia 121/2014, de 17 de Julio de 2.014, Rec. 1470/2013, LA LEY 100503/2014.
El Tribunal desestima un conflicto positivo de competencias planteado por una comunidad autónoma en relación al Real Decreto 1485/2012, sobre el procedimiento administrativo para la tramitación de solicitudes de autorización de instalaciones de generación eléctrica en el mar territorial. El Tribunal considera que dicha disposición, aunque introduce modificaciones, no afecta al contenido de las competencias estatales ni al procedimiento establecido para la tramitación de dichas solicitudes.
Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 1ª, Sentencia 282/2014, de 24 de Julio de 2.014. Rec. 353/2014. LA LEY 106397/2014.
La Audiencia Provincial estima parcialmente un recurso de apelación en relación a la cobertura por la Aseguradora, de un interés asegurable, en materia de compraventa internacional bajo Incorterms. En concreto, se considera que, de toda la prueba practicada, se desprende que la venta internacional se realizó en términos del Incoterm CIF, pese a que en el conocimiento de embarque se hiciese constar formalmente el término CFR; siendo pues que era la vendedora quién había asumido los costes de contratar un seguro, y se erigía en asegurado. No obstante, no impone las costas al existir una calificación jurídica de la operación que a priori, contradecía los documentos.
Carlos Salinas Adelantado
Socio MA Abogados