
Nota informativa 12/2014. Derecho Marítimo.
NOVEDADES LEGISLATIVAS
– España –
Ministerio de empleo y seguridad social. Medidas urgentes. Orden ESS/822/2014, de 19 de mayo, por la que se dictan normas para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto-ley 2/2014, de 21 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados en los dos primeros meses de 2014 por las tormentas de viento y mar en la fachada atlántica y la costa cantábrica. BOE nº 123, de 21/05/2014, nº 123.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/05/21/pdfs/BOE-A-2014-5378.pdf
PROYECTO DE LEY DE NAVEGACIÓN. Remisión del Proyecto al Senado. Y propuesta de veto. BOCG, Senado, de 22/05/2014, nº 353, y BOCG, Senado, de 11/06/2014, nº 364.
http://www.senado.es/legis10/publicaciones/pdf/senado/bocg/BOCG_D_10_353_2447.PDF
http://www.senado.es/legis10/publicaciones/pdf/senado/bocg/BOCG_D_10_364_2501.PDF
Fecha límite de tramitación en el Senado: 22/09/2014.
Congreso de los Diputados. Proposición de Ley Orgánica de transferencia de competencias a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de salvamento y lucha contra la contaminación marina. BOCG, Congreso de los Diputados, de 13/06/2014.
http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/PopUpCGI?CMD=VERLST&BASE=pu10&FMT=PUWTXDTS.fmt&DOCS=1-1&DOCORDER=LIFO&QUERY=%28BOCG-10-B-185-1.CODI.%29#(Página1)
– UE/Internacional –
UNIÓN EUROPEA. Reglamento UE nº 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de Mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 2328/2003, (CE) nº 861/2006, (CE) nº 1198/2006 y (CE) nº 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) nº 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo. DOUE nº L149, de 20/05/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.149.01.0001.01.SPA
UNIÓN EUROPEA. Reglamento UE nº 517/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de Abril, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 842/2006. DOUE L150, de 20/05/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.150.01.0195.01.SPA
REPÚBLICA DE VIETNAM. El Gobierno vietnamita adopta una nueva Ley para limitar el peso de los contenedores.
La Ley, que entró en vigor el 1 de Abril de 2.014, limita los pesos de los contenedores de 20 y 40 pies a 20 toneladas, incluida la tara, y ello debido a la restricción de los movimientos de transportistas terrestres con destino o desde los Puertos vietnamitas.
UNIÓN EUROPEA. Reglamento UE nº 546/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de Mayo de 2014, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 718/1999 del Consejo relativo a una política de capacidad de las flotas comunitarias de navegación interior para fomentar el transporte por vía navegable. DOUE L163, de 29/05/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.163.01.0015.01.SPA
INTERNACIONAL. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Acuerdos Internacionales. Enmiendas de 2012 al Código Internacional de Seguridad para las naves de gran velocidad, 2000 (Código NGV 2000) adoptadas en Londres el 24 de mayo de 2012 mediante la Resolución MSC.326(90). BOE nº 131, de 30/05/2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/05/30/pdfs/BOE-A-2014-5653.pdf
INTERNACIONAL. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Acuerdos Internacionales. Enmiendas de 2012 al Protocolo de 1988 relativo al Convenio Internacional sobre líneas de carga, 1966 enmendado, adoptadas en Londres el 24 de mayo de 2012 mediante la Resolución MSC 329(90). BOE nº 131, de 30/05/2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/05/30/pdfs/BOE-A-2014-5654.pdf
INTERNACIONAL. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Acuerdos Internacionales. Enmiendas de 2012 al Código Internacional de sistemas de seguridad contra incendios (Código SSCI), adoptadas en Londres el 25 de mayo de 2012 mediante la Resolución MSC 327(90). BOE nº 132, de 31/05/2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/05/31/pdfs/BOE-A-2014-5736.pdf
REPÚBLICA DE COREA. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Acuerdo Marco entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra, hecho en Bruselas el 10 de mayo de 2010. BOE nº 132, de 31/05/2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/05/31/pdfs/BOE-A-2014-5737.pdf
INTERNACIONAL. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Acuerdos Internacionales. Enmiendas de 2012 al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, Enmendado, adoptadas en Londres el 24 de mayo de 2012 mediante la Resolución MSC.325(90). BOE nº 133, de 02/06/2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/06/02/pdfs/BOE-A-2014-5774.pdf
ESTADOS UNIDOS. Planes de Respuesta de Buques, Regulación final para buques no tanques: caducidad de las Autorizaciones provisionales para operar, el 31 de Julio de 2.014. www.uscg.mil/msib/docs/008_14_6-9-2014.pdf
La Guardia costera estadounidense ha emitido un comunicado recordando a los operadores que han de prever tiempo suficiente para someter y recabar la aprobación de sus Planes de respuesta, antes del 31 de Julio de 2.014, fecha en la que las Autorizaciones provisionales caducarán.
INTERNACIONAL. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Acuerdos Internacionales. Enmiendas de 2012 al Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código CIQ) adoptadas en Londres el 30 de noviembre de 2012 mediante la Resolución MSC.340(91). BOE nº 147, de 18/06/2014.
http://www.boe.es/boe/dias/2014/06/18/pdfs/BOE-A-2014-6430.pdf
REGIONES POLARES. Redacción de un Nuevo capítulo del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS). “El Código Polar”.
La Organización Marítima Internacional (OMI) ha aprobado la redacción de un nuevo capítulo llamado “Medidas de seguridad para buques que operan en aguas polares”. Aún no se prevé fecha para la adopción del mismo. Se aplicará a los buques que navegan en el Ártico y Antártico, y regulará cuestiones como los dispositivos salva-vidas, las medidas de formación especiales para la tripulación, así como las previsiones medioambientales.
ANTIGUA Y BARBUDA. Entrada en vigor anticipada, de las enmiendas al Código IMSBC adoptadas en Septiembre de 2.013.
El Gobierno de Antigua y Barbuda aprueba anticipadamente los nuevos programas y procedimientos de prueba sobre el mineral de hierro, previstos para 2.017. Publica la circular 2014-002, “Transporte y pruebas sobre Mineral de hierro”, requiriendo a los buques con su bandera, el cumplimiento de las directrices de la OMI a partir del 1 de Julio de 2.014.
OTRAS NOVEDADES DE INTERÉS
La Organización Marítima Internacional (OMI) publica Directrices para la aplicación de las nuevas enmiendas al Convenio SOLAS.
http://www.mardep.gov.hk/en/msnote/pdf/msin1304anx1.pdf
HUNGRÍA. Decisión de Ejecución de la Comisión, de 22 de Mayo de 2.014, por la que se exime a algunos servicios del sector postal de Hungría de la aplicación de la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE. DOUE L156, de 24/05/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.156.01.0010.01.SPA
SINGAPUR Y MALASIA. El Mecanismo de cooperación de Singapur, Indonesia y Malasia publica una Nota informativa sobre la navegación segura en los estrechos de Singapur y Malacca. http://www.cooperativemechanism.org.my
La OMI acuerda adecuar las regulaciones vigentes para asegurar que todos los contenedores marítimos serán pesados antes de su carga.
De momento, la declaración por el cargador del peso de los contenedores es suficiente. Se prevé que los cambios entrarán en vigor en Julio de 2.016.
UNIÓN EUROPEA. Decisión del Consejo, de 26 de Mayo de 2.014, sobre la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la 103a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en relación con las enmiendas al Código del Convenio sobre el trabajo marítimo. DOUE nº L172, de 12/06/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.172.01.0028.01.SPA
La BIMCO desarrolla nuevos formularios y nuevas cláusulas.
https://www.bimco.org/Documentary.aspx
Dichos documentos se encuentran en la actualidad, en distintas fases de desarrollo.
Más concretamente:
- Fase final de la redacción del NYPE 93 actualizado. El Comité Documentario publica un borrador de consulta.
- Fase inicial de la elaboración de una Cláusula Anti-corrupción en los contratos de fletamento.
UNIÓN EUROPEA. Decisión de ejecución de la Comisión, de 11 de Junio de 2.014, por la que se establece el desglose anual, por Estado miembro, de los recursos totales del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca disponibles en el marco del régimen de gestión compartida para el período 2014-2020. DOUE nº L180, de 20/06/2014.
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.180.01.0018.01.SPA
JURISPRUDENCIA
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de Lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, de 31 de Marzo de 2.014, Rec. 817/2010. La Ley 62762/2014
Sentencia dictada en materia de prácticas concertadas cuyo objeto es el reparto de mercado y la fijación de precios y condiciones comerciales e imposición de condiciones abusivas en el mercado del transporte marítimo regular de pasaje y carga. El Tribunal considera suficientemente fundada la autorización de entrada de los inspectores de la Comisión Nacional de la Competencia en las instalaciones de un operador de transporte, para verificar la existencia de dichas prácticas.
Audiencia Nacional, Sala de Lo Contencioso-administrativo, Sección 6ª, de 7 de Abril de 2.014, Rec. 6/2012, La Ley 55445/2014.
La Audiencia Nacional estima parcialmente un recurso interpuesto contra la resolución de la Comisión Nacional de la Competencia, anulándola con respecto a la cuantía de la sanción a una empresa naviera, por un cártel de fijación de precios y horarios relativos al transporte marítimo de pasajeros y vehículos en la línea que une Algeciras a Ceuta. Considera que la sanción se ha de fijar sobre el volumen de ventas de la infractora, y no sobre el total del mercado afectado; y se aplica el principio de “non bis in ídem” al haber sido sancionada ya la entidad, y estando pendiente de resolución, un recurso de casación. Sentencia dictada en la línea de las anteriores.
Tribunal Supremo, Sala Tercera, de Lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, de 21 de Mayo de 2.014, Rec. 492/2013. La Ley 58881/2014.
El Tribunal Supremo desestima el Recurso de casación promovido por la Comisión Nacional de la Competencia y confirma la sentencia de segunda instancia que estima el recurso interpuesto por una naviera. La CNC la sancionaba, junto con otras empresas, por prácticas colusorias consistentes en la fijación de precios y de otras condiciones comerciales o de servicio, de limitación o de control de la producción y de reparto de mercado en las líneas de transporte marítimo de mercancías y pasajeros que unen la península con las Islas Baleares, y las Islas Baleares entre sí. Se declara la nulidad de la sanción por vulneración del derecho a la defensa, por haberse omitido el trámite de audiencia.
Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Gran Sala, de 11 de Junio de 2.014, Rec. C-377/2014. La Ley 64704/2014.
Sentencia por la que el Tribunal estima el recurso promovido por la Comisión y anula la Decisión 2012/272/UE del Consejo, de 14 Mayo de 2012, relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo marco de Colaboración y Cooperación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Filipinas, por otra, en la medida en que el Consejo añadió a la misma, las bases jurídicas relativas a la readmisión de nacionales de terceros países, a los transportes y al medio ambiente.
Considera que el Consejo ha identificado erróneamente, como bases jurídicas de la decisión, los artículos 79.3, 91, 100 y 191.4 del Tratado de la Unión Europea dado que el Acuerdo marco no contiene obligaciones que pueda considerarse que constituyen objetivos distintos de los de la cooperación al desarrollo.
Carlos Salinas Adelantado
Socio MA Abogados